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“Los propietarios, regantes y demás usuarios que tienen derecho al aprovechamiento de las aguas de esta villa, procedentes del barranco y fuente manantial de la Zafa, se constituyen en Comunidad de Regantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 228 de la ley de Aguas de 13 de junio de 1879.” Esta reglamentación es que la empezó a analizar la normativa básica de regulación del agua, dada la especial hidrografía española. En el Archivo Municipal de Cheste disponemos de las ordenanzas y reglamentos del Sindicato y Jurado de Riegos de la Comunidad de Regantes datado del 1897 a 1905.